Cláusula de enferemedades catastróficas en el extranjero
La cláusula de enfermedades catastróficas en el extranjero cubre los gastos médicos en el extranjero (No ampara el traslado) para los siguientes padecimientos:
  • Cáncer
  • Enfermedades neurológicas y cerebro vasculares
  • Enfermedades coronarias que requieran cirugía a corazón abierto
  • Trasplante de corazón, hígado, médula ósea y pulmón
  • Para poder hacer uso de esta cobertura, deberá dar aviso a GNP de la atención médica que requiera y programarla por lo menos 10 días hábiles antes de la misma. GNP confirmará por escrito las opciones médico hospitalarias con las que tenga posibilidad de realizar el pago directo en el extranjero.